El artículo 3.3 del Decreto 30/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba el
catálogo de actividades i centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y
se fijan los contenidos de estas medidas, establece que la persona titular de un
centro o actividad no sometida al mencionado decreto puede elaborar un protocolo
de actuación en emergencias para regular internamente las actuaciones destinadas
a adoptar medidas de autoprotección y los medios personales y materiales
necesarios para afrontar situaciones de riesgo o emergencia.